Visto en: Expansión.com

La geolocalización del móvil, la vigilancia de las redes socia­les, los movimientos de las tarjetas, las facturas abonadas o los suministros de la vivien­da. Son solo algunos de los da­tos con los que la Agencia Tri­butaria (AEAT) vigila ya a los contribuyentes de los que sos­pecha que residen en un terri­torio distinto del que decla­ran.

EXPANSIÓN ha tenido ac­ceso a expedientes emitidos por la AEAT contra contribu­yentes por la residencia fiscal. «A través de los movimientos de la tarjeta de crédito, el con­sumo de teléfono y las com­pras de billetes queda acredi­tada su permanencia en España los siguientes días», recoge un documento.

A continuación, expone un calendario del año con un código de colores. En azul, los días de permanencia en Espa­ña; en rojo, los dias en su resi­dencia fiscal, y en naranja, otros países. »Ha estado 282 días en España», concluye el informe de la AEAT, por lo que exige aplicar la residencia fiscal. «Además, el roaming de su teléfono confirma que las llamadas se hacían desde Es­paña.

Consideramos sobrada­mente probados los requisitos para ser considerado residente en territorio español», con­cluye la Inspección. Los servicios tributarios han intensificado las compro­baciones por este concepto, tal y como confirman los aseso­res fiscales, que notan el au­mento de expedientes. «La experiencia acumulada permite poner de manifiesto la existencia de conductas ex­tremadamente lesivas para los intereses de la Hacienda Pública, relacionadas con la simulación de la residencia fiscal fuera del territorio espa­ñol, especialmente en casos de personas físicas, con la principal finalidad de obtener una tributación efectiva infe­rior a la debida», apunta la Agenda Tributaria en su plan de control anual.

Este, tipo de comprobaciones, son cada vez más habitua­les. »Las actuaciones que lleva a cabo la AEAT para determi­nar la residencia fiscal de las personas físicas, como conse­cuencia de su presencia regu­lar en nuestro país, vienen re­sultando en los últimos meses cada vez más frecuentes, pa­rece ser que basadas en el análisis automático de ingentes cantidades de información», explica Siro Barro, socio res­ponsable del Departamento de Derecho Fiscal de Escalona & De Fuentes. «Aunque desconocemos cuál es exacta­mente la información utiliza­da, debemos recordar que las empresas que facturan más de 6 millones de euros deben reportar a Hacienda información detallada, casi de forma inmediata, sobre cada una de las facturas que emiten, lo que incluye los datos identificati­vos del cliente y la compra de bienes o consumos realizados (luz, agua, gas o teléfono)», añade Barro.

El Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2021 ya recogía expresamente la utilización del big data por parte de la AEAT, con el obje­to de, entre otros, detectar a falsos no residentes fiscales que, en opinión de Hacienda, deberían tributar en España como residentes fiscales tanto por sus rentas como por su patrimonio mundial.

Más afectados

Alejandro del Campo, socio de DMS Legal Intelligence en Mallorca, con una gran carte­ra de clientes extranjeros, confirma el aumento de estas comprobaciones. «Al princi­pio, solo veíamos estos análisis de residencia tan comple­tos en casos muy concretos y relevantes. Afectaban a gente con mucho patrimonio o fa­mosos», apunta el abogado. «Sin embargo, estamos obser­vando que la Agencia Tribu­taria cada vez pelea más la re­sidencia fiscal con clientes modestos, a los que apenas re­clama unos 10.000 o 20.000 euros», añade.

El especialista confirma que, en este momento, tiene varios casos sobre la mesa. «Son personas modestas, mu­chos jubilados que pasan par­te del año en España», indica »Las comprobaciones son ab­solutamente minuciosas, con calendarios muy precisos», añade. Alejandro del Campo recomienda tener una resi­dencia fiscal acreditada en otro país para evitar proble­mas. «No vale solo con pagar impuestos allí, hay que tener­la activada y confirmada por las autoridades de ese país. En este caso, Hacienda tendrá más difícil aplicar la residen­cia fiscal. Tendría que acudir a las reglas internacionales de desempate del convenio de doble imposición correspon­diente», explica

Siro Barro coincide:’ «Re­sulta muy aconsejable que dispongan de toda la documentación posible que, llega­do el caso, les permita rebatir el posicionamiento que pueda tomar la AEAT en base a la información obtenida a través del big data», concluye el es­pecialista

Tras la pista de la ‘huella digital’ para recaudar

La Agencia Tributaria cada vez cuenta con mayores datos e información de los contribuyentes. Los informes tienen un grado de detalle que sorprende a los especialistas. «Cada vez más, comprobamos que hay un rastreo y seguimiento de la huella digital del contribuyente (redes sociales, interacciones, comercio electrónico. Geolocalización, etc.) y, en ocasiones. Me he encontrado con datos presuntamente suministrados por las plataformas digitales·: destaca Emilio Pérez Pombo socio director de Pérez Pombo. Abogados & Economistas.

«Esta cuestión es controvertida y, con el tiempo, será una fuente de conflictos. En el ámbito digital no siempre es posible identificar quien es el usuario real y final de la interacción’: explica el especialista. «Salvo en supuestos concretos que exijan una identificación personal (por ejemplo, una red social privada), no siempre es posible conocer que quien usa el dispositivo electrónico sea su titular o propietario nominar: argumenta Pérez Pombo. «Pensemos en una tableta que tiene una tarjeta SIM contratada por un profesional, pero que utiliza un familiar para ver partidos de futbol o para jugar online. Podría darse el supuesto de que el uso del dispositivo por el hijo que vive y reside en España sirva como base para cuestionar la residencia de un padre divorciado y residente, laboral y fiscal, en Portugal, cuando en realidad, salvo determinados fines de semana alternos, por motivos de discordia. no está en España, ejemplifica el experto. «Sin embargo, deforma creciente, esta huella digital les sirve para acreditar la eventual presencia de una persona, concluye.

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