La nova llei també crea una taxa de 300 euros que haurà d’abonar qui faci una sol·licitud per invertir al país, demandes que, a partir d’ara, en cas de silenci administratiu seran denegades

El nou impost que gravarà la inversió estrangera en immobles no s’aplicarà en cas que els béns transmesos sigui conseqüència o bé d’una herència o bé d’una operació (amb diners o per mig) entre familiars. Aquestes són les excepcions que preveu la llei que crea la figura i que també aprofita per regularitzar una taxa, de 300 euros, que es cobrarà davant cada sol·licitud que una persona física o jurídica de fora faci per ser autoritzat a invertir al país. A més, en aquestes peticions, a partir d’ara el silenci administratiu es considerà com a una negativa.

El text, al qual ha tingut accés Altaveu, s’ha de tramitar en els pròxims dies davant el Consell General. Consta d’un total de 18 articles que desgranen el funcionament del nou tribut -amb un gravaven que oscil·la entre el 3% i el 10% de l’operació- així com d’una disposició transitòria, la derogatòria que posa fi als efectes de la Llei de suspensió transitòria de la inversió estrangera en immobles al Principat d’Andorra, aprovada ara fa unes setmanes. També hi ha vuit disposicions finals, moltes de les quals modifiquen la normativa vigent sobre inversió estrangera.

La nova figura tributària gravarà tota inversió immobiliària que es faci al país per part de persones o societats estrangeres. Hi haurà, però, excepcions. Les marca l’article 4, que estableix que no seran part de l’impost “les adquisicions, per causa de mort, de béns immobles o de drets reals sobre els mateixos per part d’una persona física o jurídica no resident”. És a dir, les herències. Tampoc tributaran aquelles operacions que es facin entre familiars amb “un parentiu per consanguinitat o adopció en línia descendent, ascendent i/o col·lateral fins a tercer grau” o bé que “siguin cònjuges o convivents en unions estables de parella”. I en aquest cas dona igual si per aquests traspassos de béns es cobra o si són gratuïts.

El text, en la seva disposició cinquena, aprofita per cobrir el que s’entenia una mancança de l’actual legislació: el fet que no hi ha una taxa concreta establerta. Fins ara hi havia “una norma ambigua” i un “import que ha quedat superat. Així, a partir de l’aprovació de la nova llei es demanaran 300 euros per a cada sol·licitud d’inversió estrangera que s’hagi de tramitar.

I, a més, es canvia el procediment de resolució. Fins ara, si en dos mesos -o tres en cas de pròrroga-, no hi havia cap resposta, la petició es considerava autoritzada. “De l’experiència acumulada, en ressurt la necessitat de comprovar penalment i econòmicament i a nivell internacional determinats expedients d’autorització que, en alguns casos, requereixen consultes a registres exteriors, i que no permeten complir amb garanties suficients per a la salvaguarda de l’Estat, una resolució favorable en el termini d’un mes”, es justifica en l’exposició de motius. Per això, a partir d’ara el silenci administratiu s’haurà d’interpretar com a una denegació.

Cal recordar que l’impost tindrà una bonificació del 90% si la inversió que es fa és per destinar els immobles al lloguer. Ara bé, amb una excepció, indicada en l’apartat 4 de l’article 10. D’aquest avantatge fiscal quedaran excloses “les inversions immobiliàries destinades a realitzar, sobre els immobles resultants, contractes de lloguer amb opció de compra, contractes de lloguer entre persones jurídiques i altres persones o entitats vinculades (…) i altres negocis jurídics que puguin constituir frau de llei”.

Un altre article, el 16, estableix les obligacions que hauran de complir notaris i saigs. Així, se’ls impedeix “autoritzar cap escriptura pública d’inversió estrangera immobiliària, si els obligats tributaris no acrediten haver liquidat l’impost amb caràcter previ, o que els són d’aplicació els supòsits d’exempció previstos” i també hauran de comunicar, de la forma que es determini reglamentàriament, les operacions d’aquest tipus que realitzin així com disposar dels formularis necessaris i “facilitar a l’administració tributària les dades, documents, antecedents i justificants amb transcendència tributària relacionats amb aquest impost”.

Font: https://www.altaveu.com/

El tribunal deniega la reclamación de 141 millones de la familia Cierco, al entender que la actuación del supervisor fue “razonada, razonable y proporcionada”

La Audiencia Nacional ha denegado la reclamación formulada por la familia Cierco para que se declarara la responsabilidad patrimonial del Banco de España por la intervención del Banco Madrid, en marzo de 2015. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha estimado parcialmente el recurso de la familia accionista mayoritaria de la entidad, en el sentido de que su reclamación no ha prescrito, pero ha descartado que el órgano supervisor tenga que afrontar indemnizaciones por los daños causados, que cifraron en 141 millones de euros.

En una sentencia, los magistrados de la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo han afirmado que la presentación de la reclamación efectuada por los hermanos Higini y Ramón Cierco, el 25 de septiembre de 2020, se hizo en plazo legal, en contra de lo que estableció el consejo de gobierno del Banco de España en mayo de 2021, que la consideró extemporánea.

No obstante, consideran que la actuación del Banco de España en la intervención de la filial de la Banca Privada de Andorra (BPA) no puede tener consecuencias económicas porque el órgano actuó en todo momento de forma “razonada, razonable y proporcionada en el ejercicio de sus funciones, atendidas las circunstancias concurrentes y la información disponible en cada momento”. Es decir, que no se puede tener en cuenta datos obtenidos después “mediante valoraciones jurídicas y opiniones técnicas sobre resoluciones alternativas una vez conocido todo lo que aconteció”.

No es la primera vez que la Audiencia Nacional libra de responsabilidad patrimonial al Banco de España en este caso concreto. En septiembre de 2018, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ya avaló la labor del organismo y falló en contra de 134 ex empleados de la entidad que pidieron una indemnización por su despido y daño en su reputación profesional como consecuencia de la intervención de la entidad.

Investigación penal archivada
El Banco de España, dirigido entonces por Luis Linde, intervino el Banco Madrid en marzo de 2015 ante las sospechas de que blanqueaba capitales. Todo ello como consecuencia directa de que el Instituto Nacional Andorrano de Finanzas también tomara medidas sobre BPA, tras la acusación del Tesoro de Estados Unidos de que la entidad colaboró en el lavado de dinero procedente del crimen. El banco madrileño fue declarado en concurso por la posterior fuga de sus clientes.

Los magistrados recuerdan que los miembros del órgano de gestión y dirección de Banco Madrid fueron investigados por un presunto delito de blanqueo de capital, causa que finalmente fue archivada cuatro años después, en julio de 2019, por la Audiencia Provincial de Madrid por la falta de indicios para acreditar los hechos.

En este sentido, el fallo indica que “debe hacerse notar que el sobreseimiento provisional de las actuaciones no permite apreciar, como se sostiene en el escrito de demanda, la irrazonabilidad o arbitrariedad en la decisión de intervención, pues debe diferenciarse con claridad el ámbito de enjuiciamiento en sede penal de lo que aquí debe analizarse”.

En cuanto al procedimiento administrativo sancionador, el tribunal insiste en que, dada la información que se disponía en ese momento, el Comité Permanente de la Comisión del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac) alertó en un informe de inspección de potenciales irregularidades graves en materia de blanqueo de capitales. Sin embargo, el archivo del expediente en agosto de 2021 al no apreciar infracción administrativa alguna, “en nada empece la razonabilidad de la decisión de acordar la intervención”, dice la sentencia.

Documentación de una causa en Andorra
Por otro lado, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha rechazado admitir la documentación que la familia Higini presentó, relacionada con la comisión rogatoria internacional en un proceso penal que sigue la Justicia de Andorra contra expolicías, como el comisario jubilado José Manuel Villarejo, y ex altos cargos del Gobierno español, como el expresidente Mariano Rajoy y los exministros de Economía e Interior, Cristóbal Montoro y Jorge Fernández Díaz, respectivamente, por la caída del banco BPA y su vinculación a la denominada ‘operación Cataluña’.

En este proceso se investiga si la alerta que emitió la FinCEN (Financial Crimes Enforcement Network) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos se basó en una en información “falsa” facilitada por la Policía española. Los magistrados de la Audiencia Nacional han considerado que toda esta información no es relevante para la resolución de la demanda de responsabilidad patrimonial.

Fuente: https://cincodias.elpais.com/

Portugal se plantea eliminar las ventajas fiscales para los impatriados ante la inflación en la vivienda, justo cuando España ha mejorado su propio régimen

El ruido y las amenazas de cambio de residencia fiscal a Portugal de los grandes patrimonios españoles ha sido una constante desde 2019, con un repunte vivido con el impuesto a las grandes fortunas. Pero esto acaba de cambiar por completo. Lisboa se plantea eliminar las ventajas fiscales a los impatriados, justo cuando España está implementando una versión mejorada de su propio régimen, la ley Beckham. Comparar Lisboa u Oporto antes de la Gran Crisis Financiera y con la actualidad sirve para comprobar cómo han cambiado las ciudades portuguesas en los últimos 15 años. La llegada masiva de extranjeros con la Golden Visa —a cambio de comprar una vivienda u otras inversiones— o con las ventajas fiscales del régimen de impatriados, así como la inversión de fondos para reformar y rentabilizar inmuebles, ha contribuido a este cambio.

Pero dicho cambio también ha disparado la inflación en el sector inmobiliario, haciendo imposible a muchos portugueses seguir viviendo en sus antiguos barrios o encontrar una vivienda cerca de donde trabajan. El régimen fiscal residentes não habituais ha pasado a ser impopular. El Gobierno de António Costa ya eliminó la Golden Visa a principios de año, salvo en zonas rurales despobladas, y esta semana ha anunciado que prevé retirar las ventajas fiscales para impatriados, dado que, dice, suponen una “injusticia fiscal” que contribuye a que suban los precios de la vivienda.

El régimen fiscal de Portugal es siempre puesto como ejemplo por los fiscalistas como el más ventajoso. España o Italia también tienen ventajas para impatriados, pero el caso luso es el que va más allá. Creado en 2009, como una evolución del régimen español, conocido como ley Beckham, ha atraído a profesionales y jubilados. En el primer caso, tributan al 20%. En el segundo, al 10%. De hecho, es común que haya jubilados, incluidos los españoles, que se vayan una corta estancia a Portugal para capitalizar su plan de pensiones. Esto es, cobrar todo el ahorro con una tributación al 10%, y después volver a su país de origen. Si lo hacen en España, el ahorro en planes de pensiones se suma a la renta y tributa por los tipos del IRPF, mucho más altos. El 10 de octubre es la fecha clave para los fiscalistas, ya que es cuando se espera que se conozca la propuesta del Gobierno portugués. Se da por hecho que no será con carácter retroactivo, no afectando a los impatriados que estén ahora mismo disfrutando de ventajas fiscales, pero que sí podría haber una modificación sustancial en 2024. Por ahora, van a cesar las llamadas de clientes ricos preguntando por Portugal, algo que ha sido una constante en los últimos años, sobre todo desde que se aprobó el impuesto temporal de solidaridad para las grandes fortunas, que superpone al de patrimonio, para aquellos con una riqueza superior a los tres millones de euros.

Los abogados consultados coinciden en que apenas uno o dos de cada 10 contribuyentes de los que preguntan por mudarse deciden irse, normalmente a Portugal, ya que la recomendación siempre es que el cambio de residencia debe ser total para evitar problemas con Hacienda, que aun así persigue todas estas mudanzas. Aunque el impuesto seguirá teniendo litigios a la espera del Constitucional, una de las amenazas era la salida de grandes patrimonios, algo que ya no parece que vaya a ocurrir a partir de 2024. De esta forma, Portugal, de forma indirecta, ha dado un espaldarazo a Hacienda con el impuesto a los ricos. Pero, sobre todo, se lo da a la nueva ley Beckham que ha impulsado la vicepresidenta Nadia Calviño, con cambios en el régimen fiscal incrustados en la Ley de Startups que se aprobó en diciembre. Estas modificaciones mejoran el atractivo del régimen fiscal para impatriados de España, mucho más acotado que el de Portugal, que era la principal competencia, aunque también lo sean Italia o Grecia. España quiere atraer a directivos, profesionales cualificados y nómadas digitales con una mejora en las ventajas fiscales. Está previsto que, en cuanto el Consejo de Estado dé el visto bueno, se apruebe por orden ministerial el nuevo modelo 149 y en Consejo de Ministros la modificación del reglamento algunos detalles de las ventajas fiscales. De hecho, estaba previsto que se hubiera aprobado el 30 de julio, pero la convocatoria de elecciones paralizó todo, y ahora se espera para este mes de octubre. Con el régimen español, los impatriados acogidos tributan al 24% en IRPF en un tramo inicial de 600.000 euros —frente al 20% por toda la renta en Portugal—. Hay una exención en la retribución en especie para startups desde 12.000 euros hasta los 50.000 euros, incluyendo las stock options, y se bonificará el 50% de la participación de los gestores en los beneficios (carried interest, que Hacienda considera rentas del trabajo). Aumenta del 30% al 50% la deducción por invertir en empresas de nueva creación, con una base máxima que se eleva de 60.000 euros a 100.000 euros. Para facilitar que vuelvan directivos o profesionales, se reduce de 10 a cinco años el periodo mínimo que el contribuyente debe haber estado fuera de España para acogerse.

«A España están viniendo directivos y profesionales de multinacionales, así como nómadas digitales, tributando al 24% y generando más ingresos. Lo que está claro es que ahora el régimen fiscal español será aún más atractivo», apunta José María Leis, socio de Vialto. «España tiene altas probabilidades de captar el talento internacional que antes solo valoraba Portugal o se debatía entre ambos países», sostiene Carlos Saldaña, fiscalista de Zadal, que recuerda que la modificación de la Golden Visa este año ya fue más leve de lo anunciado inicialmente, con lo que podría ocurrir ahora lo mismo. Muchos dudan de que Portugal, en efecto, elimine las ventajas fiscales para impatriados teniendo a otros países, en especial España, con su propio régimen. Pero sí ven probable que se reduzcan o acoten, como ya hizo España al dejar fuera a los deportistas. Y también creen que habrá un cambio sustancial con la ventaja fiscal de la que disfrutan los jubilados, que tributan al 10%. «Desde hace algún tiempo, se ha venido culpando al régimen de residentes no habituales de la escasez de viviendas, sobre todo, para los jóvenes, pero ningún estudio confirma dicha relación. En cambio, el régimen español se ha mejorado más todavía con la Ley de Startups y sigue siendo muy atractivo para ejecutivos y científicos de todo el mundo», apunta Javier Vinuesa, socio de Gómez Acebo & Pombo.

«Los grandes patrimonios españoles que se han ido a Portugal bajo este régimen no van a tener problemas por ello ni van a volver por ese motivo, porque no creo que si hay algún cambio sea con carácter retroactivo», explica Javier Morera, socio de Broseta. No obstante, añade, «ahora resulta más atractivo nuestro régimen, aunque solo sea porque se elimina un régimen competidor. También lo es más desde las modificaciones de finales de 2022, aunque ahí hace falta desarrollo normativo». Cualquier cambio no solo afecta a la potencial salida de grandes patrimonios españoles, sino a la llegada de extranjeros a la península ibérica. «Los grandes patrimonios están solicitando informes para el traslado de su residencia fiscal como consecuencia de la inestabilidad política actual, la subida generalizada de impuestos y, sobre todo, por la duplicidad del impuesto sobre el patrimonio y el impuesto temporal solidario de las grandes fortunas», explican los fiscalistas Miguel Ángel Bernal y David Sanz Bujanda, que también recuerdan que «en el mercado inmobiliario prime de las grandes ciudades españolas, en especial Madrid, los inmuebles están siendo adquiridos por clientes de alto nivel adquisitivo del mercado latinoamericano». El cambio en Portugal «realzará a España como posible centro de atracción de residencia entre extranjeros, particularmente aquellos provenientes de fuera del área Schengen (por ejemplo, norteamericanos y latinoamericanos), por la posibilidad de combinar los beneficios de la Golden Visa española, que continúa vigente, y un régimen fiscal atractivo. Sin embargo, el régimen fiscal de impatriados español, aunque a partir de 2023 ha introducido nuevos supuestos y se ha flexibilizado en aspectos en algunos casos muy importantes, ha sido tradicionalmente objeto de inspección y comprobación detallada por parte de la AEAT española, que en algunos casos ha derivado en Actas de Inspección de importe extraordinariamente altas, por lo que recomendamos, especialmente a patrimonios significativos, una comprobación detallada de la aplicabilidad del mismo en cada caso, y un seguimiento y verificación activa de su estricto cumplimiento año a año», avisa Patricia García, socia de Avantia.
Competencia fiscal
Durante los últimos años, Portugal ha atraído a 89.000 contribuyentes, según datos hasta julio, y ha sido el país que más ha contribuido a la competencia fiscal interna en la Unión Europea. Según un trabajo del Observatorio Fiscal de la Unión Europea, hay 200.000 contribuyentes acogidos a distintos regímenes fiscales en Europa, que erosionan las bases imponibles en 4.500 millones anuales. En España, los acogidos al régimen tributaron 502 millones menos de lo que hubieran pagado en impuestos sin la ley Beckham en 2020.

Fuente: https://www.elconfidencial.com/

El consejo de ministros del Principado ha propuesto la medida, de carácter transitorio, para que se debata y vote el próximo jueves en el marco del consejo general del país pirenaico.

Andorra cierra las puertas a la inversión extranjera en inmuebles. El consejo de ministros del Principado, convocado en una sesión extraordinaria a petición de Conxita Marsol, ministra de Presidencia, Economía, Trabajo y Vivienda, ha anunciado la intención de suspender de manera transitoria la autorización de inversión extranjera en inmuebles. La medida, que se tramitará con carácter inmediato, se espera que entre en debate y se apruebe el próximo jueves siete de septiembre, que es cuando está convocado el consejo general. Desde el Gobierno han anunciado que la decisión responde a la voluntad por garantizar un crecimiento sostenible en materia de inversión extranjera. De hecho, la solución que se persigue consistirá en hacer repercutir directamente en el Estado la capacidad económica de esta clase de inversión, mediante la creación de un impuesto que gravará todas las operaciones del sector. Sin embargo, durante este periodo transitorio previo a la votación del mandato, el Gobierno ha anunciado la entrada a trámite en el Proyecto de Ley de suspensión de la inversión extranjera en inmuebles dentro del Principado de Andorra para que sea resuelto “con carácter de extrema urgencia y necesidad para desincentivar las compraventas con finalidades especulativas”. En paralelo al anuncio de la votación, el Gobierno está trabajando en la actualización de la ley de inversión extranjera
Marsol ha asegurado que la moratoria es “una medida puntual que contribuirá a afrontar la problemática que tiene el país en escasez de vivienda de alquiler a precio asequible, como paso previo necesario durante este otoño para el establecimiento de un tributo sobre la inversión extranjera en inmuebles”, según ha considerado la directiva. Desde el Gobierno han defendido que la medida beneficiará a los ciudadanos del país, abriendo las puertas al fomento en infraestructuras o al incremento del parque público de vivienda de alquiler. Además, se prevé fijar un tributo para todos esos inversores extranjeros que desinviertan en Andorra antes de un periodo de tiempo determinado. En paralelo al anuncio de la votación, el Gobierno actual se plantea actualizar la ley de inversión extranjera para presentarla durante el primer trimestre del 2024. Xavier Espot, jefe del Gobierno, ha explicado que “hemos optado por adoptar la moratoria mientras no se establece el tributo que deberán pagar los extranjeros que quieran invertir en inmuebles, pero en paralelo estamos trabajando en una modificación de la ley a través de un proyecto participativo y plural”, según ha anunciado el máximo representante de la administración andorrana.

Fuente: https://www.ejeprime.com/

El comisario Villarejo, que estrena hoy la comisión de investigación del Congreso, activó a su brigada en octubre de 2012 a la búsqueda de datos de los soberanistas

El caso BPA llega al Congreso de los Diputados. La comisión de investigación sobre la operación Catalunya prevé arrancar esta tarde con la comparecencia del comisario jubilado José Manuel Villarejo, personaje clave de las maniobras que a partir de 2012 practicó una parte de la cúpula policial para desacreditar a determinados líderes independentistas.

Uno de los dueños de Banca Privada d’Andorra (BPA), Higini Cierco, debía declarar este miércoles, pero solicitó un aplazamiento por problemas de agenda.

Altos cargos de Interior orquestaron una presión sobre BPA para que diera datos de cuentas bancarias de políticos independentistas

En 2014, BPA fue amenazada por diversos altos cargos de Interior para que desvelara si Jordi Pujol, Artur Mas u Oriol Junqueras o sus familiares tenían dinero en el principado. Si no cooperaban, el banco sería clausurado. Un ejecutivo de BPA entregó algunos datos de dinero de parte de la familia Pujol que en 2010 llegaron a BPA procedentes de otro banco andorrano, Andbank. Pocos meses después, BPA fue liquidada por Estados Unidos a través del FinCEN, un organismo contra el dinero sucio. Bajo la acusación de que BPA tenía dinero de las mafias rusa y china, de dirigentes venezolanos corruptos y del cártel de Sinaloa, cortó el grifo del dólar y sentenció así BPA y su filial en España, Banco Madrid.

La profecía se había cumplido: ¿fue la policía española la que intoxicó a los norteamericanos con información de todos esos criminales en venganza por la supuestamente pobre colaboración de BPA? La publicación de aquellos datos bancarios obligó ni más ni menos que al expresident Pujol a confesar en julio de 2014 que ciertamente tenían dinero en los Pirineos. Alegó que procedían de una herencia de su padre y el bochorno puso un broche de lata a su importante carrera política.

¿Qué datos sobre BPA suministraron España y Andorra a EE.UU. para que considerara que blanqueaba o aceptaba dinero de mafias diversas? Estas son las dos cuestiones clave de la comisión que arranca hoy. El cierre de BPA y Banco Madrid generó decenas de causas judiciales en España, Andorra y Estados Unidos. Contra los presuntos criminales que tenían cuentas en Andorra, contra la acción del FinCEN, contra BPA por revelar identidades y contra los políticos y policías que presuntamente activaron la operación.

El ex presidente del gobierno Mariano Rajoy -que visitó oficialmente Andorra dos meses antes de la intervención del FinCEN, en enero de 2015-, dos de sus ministros y diversos altos mandos de Interior -entre ellos Villarejo- están imputados en Andorra.

Rajoy y dos de sus ministros y buena parte de su cúpula policial están imputados
en un procedimiento en Andorra

Después de la Diada de 2012, cuando la cúpula del Ministerio del Interior percibe la musculatura que está tomando el independentismo, se pone en marcha la operación Catalunya (así la mencionó Villarejo en una declaración judicial) y Villarejo activa apenas un mes después a algunos de sus colaboradores. Lo reconoció en una declaración judicial en Andorra: “He recibido órdenes de mi gobierno, de hacer un seguimiento sobre el movimiento económico del clan Pujol”. “Había un interés especial por parte del gobierno español y una de mis tareas era obtener información de inteligencia que se pudiera aprovechar”.

A mediados de octubre, y según anota en su agenda, Villarejo encarga a su empleado Antonio Giménez Raso, que busque datos de empresas y bancos andorranos que puedan acoger intereses de políticos soberanistas. El 2 de noviembre de 2012, el director adjunto operativo de la Policía Nacional, Eugenio Pino, le insta a trabajar el tema “Barna”, y el mismo día dos colaboradores suyos aseguran tener un contacto de BPA que puede ser de interés.

Ocho días después, quien informa sobre BPA, pero también sobre Crèdit Andorrà y Banca Mora, es José María Clemente Marcet, barcelonés y socio de Villarejo en negocios hoteleros e inmobiliarios, condenado en Francia por narcotráfico. Clemente, ex banquero, trabajó en banca en Andorra y Suiza y fue una fuente importante del excomisario en ese momento. También lo es la exnovia de Jordi Pujol Ferrusola, Victoria Álvarez, que contará a Villarejo cómo el hijo del ex president subía al principado con maletas llenas de billetes.

La propia Álvarez, se desprende de las agendas de Villarejo, le sugiere el nombre de José Matas Zapata, durante años coronel de la Guardia Civil en Andorra, como una fuente de máxima fiabilidad. Matas sería citado por la comisión que el Parlament abrió tras la confesión de Pujol de 2014. Matas dio toda clase de detalles sobre cómo entra el dinero negro en un paraíso fiscal pero negó cualquier relación con los Pujol. Tras su jubilación, Matas –que ignoró la petición de entrevista de este periódico- se ha dedicado al negocio inmobiliario en Málaga, con socios diversos.

Celestino Barroso, agregado de Interior en Andorra
“Los americanos están al corriente de cómo hacerlo”: si BPA no coopera con información bancaria secreta la entidad será cerrada, les amenaza
¿Cómo obtuvo la policía española esos datos de Pujol, protegidos por el secreto bancario andorrano? Higini Cierco -dueño de BPA junto a su hermano Ramon- explicó en 2016 ante una jueza andorrana la génesis de la filtración.

En mayo de 2014 recibe una llamada de Celestino Barroso, agregado de Interior de la embajada de España en Andorra, para que se vean con urgencia. Barroso le dice que debe ir a Madrid a entrevistarse con ciertas personas “o el banco morirá”. “Los americanos están al corriente de cómo hacerlo”, le amenaza.

El director del banco, Joan Pau Miquel, asume la gestión del asunto. Recibe en su despacho a Barroso, que repite la orden: o coopera o BPA recibirá “un hachazo”. Alertado por la cita, Miquel ha grabado la conversación.

Situación delicada
En agosto de 2014, la embajada alerta
que el sistema bancario andorrano muestra deficiencias, pero cuando actúa, sólo es contra BPA
Miquel acepta ir a Madrid y se entrevista en un hotel con un tal Félix Rodríguez y que no es otro que el jefe de la unidad de asuntos internos de la policía, Marcelino Martín Blas. Se ven varias veces. En una de ellas, y según el relato de Cierco ante la jueza, Miquel plantea que presentará una denuncia y Martín Blas amenaza con un nombre: “Si denuncias, en quince días el FinCEN intervendrá”. Miquel entregará supuestamente a Martín Blas un documento con los datos de los Pujol que luego publica El Mundo.

La familia Pujol tiene abierto un litigio en Andorra contra BPA por revelación de secreto bancario.

Desde BPA se esgrime que la cúpula policial consideró muy pobre la información obtenida y por eso alertó a las autoridades estadounidenses del dinero sucio radicado en la entidad y exageró su importancia. Por esas fechas -26 de agosto de 2014-, la embajada estadounidense contacta a través del consulado en Barcelona con las autoridades andorranas, alertándolas de que, pese a que han mejorado, los mecanismos de control del dinero sospechoso siguen siendo insuficientes en el país. La alerta es en general sobre su sistema bancario.

Andorra esgrime, por ejemplo, la excelente cooperación internacional en casos como Sunbird, contra el blanqueo de capitales y desarrollada entre España, Andorra y Países Bajos. Entre los implicados había una organización de narcotraficantes vinculada a la promoción inmobiliaria en Andorra, explica una fuente jurídica del caso. En una de sus promociones, El Cortalet, adquirió justamente una vivienda el director de la Unitat d’Intel·ligència Financera d’Andorra, Carles Fiñana, uno de los principales actores de lucha contra los artificios financieros de Andorra. La Vanguardia ha tratado reiteradamente de obtener una versión de Fiñana, sin conseguirlo.

La amenaza de Martín Blas no se cumple en “quince días” sino en diez meses, y aunque la alerta inicial americana había sido sobre el sistema en global, sólo señala a BPA. El FinCEN publica el 10 de marzo de 2015 una notice alertando que este banco –con ramas en España, Suiza, Luxemburgo, Panamá y Uruguay y con corresponsales en EE.UU. entre otros países- tiene dinero de la mafia rusa, la mafia china, de dirigentes corruptos del sector petrolero de Venezuela y del cártel de Sinaloa mexicano.

El martillo americano argumenta que BPA contaba con diversos ejecutivos que ponían alfombra roja a toda clase de criminales y que el 62% de las transacciones que pasaron por EE.UU. fueron cursadas por alguno de esos cuatro grupos criminales.

Fuentes bancarias del caso opinan que “Andorra sacrifica a BPA para salvar a los otros bancos, donde hay clientes comparables”. En diversos audios grabados por Villarejo éste esgrime que la cúpula policial no quiso indagar en otras entidades porque en uno de ellos apareció una cuenta bancaria del rey emérito.

BPA se ha defendido desde entonces alegando que ninguna de las cuatro presuntas tramas ha sido condenada en los tribunales en los términos que se planteó inicialmente en las investigaciones policiales.

Ninguno de sus directivos ha sido condenado por colaborar con el crimen. Nunca se ha relacionado al cártel de Sinaloa con BPA, sino a dirigentes políticos de aquel estado mexicano, sin relación con el temible Chapo Guzmán. La causa de la mafia rusa acabó con penas menores. La china está pendiente de juicio en Madrid. Andorra, eso sí, ha bloqueado 50 millones de euros de red de sobornos venezolana, según adelantó El País la semana pasada.

“No tengo ninguna duda de que el caso BPA es una pata de la Operación Catalunya, la cuestión clave es si se ordena desde arriba o empieza desde abajo”, valora una fuente jurídica vinculada al caso.

El FinCEN (que dirigía Jennifer Shasky) retiró casi un año después la notice, al estimar que ya se habían tomado las medidas oportunas, pero BPA y Banco Madrid ya habían muerto. “La retiró para evitar tener que hacer pública la información remitida por España y Andorra y que se viera cómo España les engañó”, asegura un abogado del caso. La gestión de ambas entidades fue asumida por terceros.

El FinCEN no tuvo la misma severidad con otras entidades. En 2012, el gigante HSBC fue acusado de blanquear dinero del narcotráfico –precisamente- mexicano y aceptó una multa de 1.920 millones de dólares, pero no recibió ninguna notice como BPA. Shasky se acababa de incorporar al FinCEN. En 2016, esta experta en lavado de dinero fue fichada justamente por el HSBC.

Los propietarios del banco, Higini y Ramon Cierco, iniciaron tres procedimientos en EEUU contra la acción del FinCEN en los que no consiguieron siquiera acceder a las comunicaciones entre aquel país y España y Andorra.

Hoy, los juzgados andorranos rebosan de causas derivadas de la acción del FinCEN, entre otras cosas porque Andorra judicializa cualquier reclamación privada para evitar tener que hacerle frente financieramente. La liquidación de Banco Madrid, por su lado, está pendiente de sentencia en la Audiencia Nacional. Si estima el fondo del asunto y da la razón a los dueños, el estado deberá indemnizar a los antiguos dueños con 161 millones de euros.

Publicado en: La Vanguardia

Un dels últims textos aprovats pel Consell General aquesta legislatura va ser el projecte de llei d’economia digital. Un text que ha de servir per posar en marxa –com ja va fer l’executiu fa unes quantes setmanes– els permisos de residència dels denominats nòmades digitals. Una figura de treballadors que han de ser la cara visible de l’aposta per la digitalització del país. En concret, el mateix redactat de la llei detalla que són nòmades digitals “aquelles persones que per dur a terme el seu treball no requereixen disposar d’una ubicació geogràfica concreta i utilitzen les telecomunicacions i la tecnologia”.

Tanmateix, part dels elements per acabar de concretar qui pot optar a la quota de nòmada digital –la qual no requereix el dipòsit, que va passar de 15.000 a 50.000 euros– depèn del desplegament reglamentari a realitzar per part de l’executiu. Així, el soci director d’Emindset Law Oriol Giró explica que s’estan mantenint converses amb l’executiu, justament per aclarir quina és la documentació que hauran de presentar els aspirants a obtenir un d’aquests permisos. Ara per ara, Giró apunta que bona part dels interessats són de nacionalitat espanyola, i va remarcar que “creiem que a molt curt termini es resoldran aquests dubtes i es podran donar les primeres residències per a nòmades digitals”. A més, el soci director també va reclamar més flexibilització pel que fa a les excepcions per esquivar el dipòsit obligatori. “Pot suposar un fre a l’emprenedoria que en un país com Andorra no té sentit; cal atreure talent i no pots frenar aquesta arribada de persones que aporten un valor afegit al país.” “Perquè Andorra pugui fer una aposta per l’entorn digital no cal esperar a l’acord d’associació amb la UE, cal anar sumant petits factors, com ara facilitar l’operativa bancària, poder comprar per Amazon i que t’arribin les coses a casa o potenciar la digitalització de l’administració per realment ser un pol d’atracció”.

Un altre dels elements que regulava la llei d’economia digital és la creació d’espais coliving. Sobre aquesta qüestió, Giró explica que ja han rebut demandes d’empreses interessades a poder iniciar els tràmits per reconvertir espais que fins ara es feien servir per a altres activitats, així com opcions de construir un nou bloc, i que puguin ser reconvertits en espais de coliving. En aquest cas, però, Giró va reclama que el desplegament reglamentari no suposi “una pèrdua de la qualitat de vida” per a les persones que hi resideixin, ja que és un dels valors del país.

Font: www.diariandorra.ad

Le Monde Décrypte apunta a que el caso que ha perjudicado a la Banca Privada d’Andorra cuestiona «la independencia del poder judicial y la separación de poderes en Andorra»
Cada vez hay más evidencias de las maniobras que se cometieron con el hundimiento de la Banca Privada d’Andorra (BPA): los tejemanejes que realizó la policía patriótica española revelados por los audios exclusivos de FUENTES INFORMADAS que han propiciado la imputación en Andorra del expresidente Mariano Rajoy o el exministro del Interior Jorge Fernández Díaz por dirigir la vía andorrana de la ‘Operación Cataluña’. Una trama maquiavélica contra ese banco desarrollada entre 2012 y 2016 -supuestamente financiada por Juan Carlos I, según se desprende de los audios del comisario José Manuel Villarejo- para hacer descarrilar al independentismo catalán. Y más hechos que faltan por desvelar, los cuales se irán alumbrando a lo largo de dicho procedimiento judicial.

Pero ahora es un prestigioso instituto de investigación francés, Le Monde Décrypté, un laboratorio de ideas, quien refrenda esas tesis. El ‘caso BPA’, según este instituto de investigación, «refleja la debilidad del Estado de derecho en Andorra y la vulnerabilidad de los inversores en el país que, con una baja fiscalidad, tienen pocos medios para protegerse de una injerencia política injusta».

Después de denunciar el encarcelamiento del antiguo CEO del banco, Joan Pau Miquel, que ha durado casi dos años, se focaliza en el anormal funcionamiento de la Justicia andorrana. Insiste en «la lentitud» de ese procedimiento judicial que pone en cuestión la independencia del poder judicial y la separación de poderes en Andorra, un elemento esencial para todo país dotado de un sólido Estado de derecho.

Le Monde Décrypté (El Mundo Desencriptado) es un importante grupo de pensamiento y de influencia francés que dirige el politólogo y experto en geopolítica Gérard Vespierre. Este think tank colabora habitualmente con las instituciones europeas y elabora informes sobre la actualidad política y económica de todo el mundo, en especial en cuanto a los sectores estratégicos (energía, finanzas, armamento o conflictos).

Vespierre es el fundador de la consultora Strategic Conseils, un profesional designado por el Consejo Económico y Social europeo y colaborador habitual de los diarios Le Monde y La Tribune. La última publicación de Le Monde Décrypté se titula ‘El Estado de Derecho en el coro de Europa: como Andorra, Mónaco y Liechtenstein han vulnerado los valores de la UE’, del que se ha hecho eco el diario andorrano La Valira.

El prestigio intelectual de Vespierre avala el estudio
El informe tiene relevancia porque no se trata de cualquier persona y además está respaldado por los hechos acreditados que se han ido conociendo. El prestigio del politólogo que encabeza el think tank avala que sus análisis sean valorados por las élites europeas. Por eso, las reflexiones que hace sobre Andorra y, en concreto, sobre el caso que afecta a la BPA son una llamada de atención muy seria por la gravedad que implica para las autoridades políticas y judiciales del principado.

En este documento, Vespierre comienza construyendo un marco general para luego avanzar hacia el relato de cómo se dinamitó la BPA: la creciente e irreversible pérdida de influencia de Europa en el actual y futuro contexto económico y geopolítico mundial. Sin embargo, pone de manifiesto su liderazgo democrático. «Uno de los terrenos en los cuales Europa continuará teniendo una influencia significativa es el de la primacía del derecho. Según el Consejo de Europa, el Estado de derecho es uno de los ‘principios que constituyen el cimiento de toda democracia verdadera’». Lo considera como «el cimiento de los derechos del hombre» ya que «garantiza la responsabilidad y la transparencia, el acceso a tribunales independientes e imparciales y la no discriminación ante la ley» de ninguna índole ni razón.

«Atendida la dimensión de sus sectores bancario y financiero, estas tres naciones tienen una influencia considerable sobre los mercados financieros europeos, aunque no sean miembros de la UE. El informe demuestra que estos micro-Estados [Andorra, Mónaco y Liechtenstein], con una baja fiscalidad y poco reglamentados, han servido de marco a numerosos escándalos bancarios y políticos«. Según expone el informe, estos affaires «han perturbado la estabilidad financiera de Europa» y han vulnerado gravemente la reputación de la UE, en cuanto que referente del Estado de derecho.

«El aviso del FinCEN fue desafortunado»
Pues bien, el instituto de investigación se ha pronunciado sobre la intervención y confiscación de la BPA. «En 2015, el Tesoro americano (FinCEN) publicó un aviso señalando a la BPA como una institución financiera extranjera que suscitaba una preocupación mayor en materia de blanqueo de dinero. Las autoridades andorranas reaccionaron cogiendo el control de los activos del banco, a pesar de la preocupación de los accionistas de la entidad, que consideraban que este aviso era desafortunado«, comienza señalando el informe.

Efectivamente, lo que desencadenó la reacción del FBI fue la campaña de bulos y mentiras que puso en marcha el Gobierno español para persuadir al Ejecutivo de Estados Unidos, por medio del FBI, de que en Andorra, en general, se lavaba dinero de ciudadanos venezolanos y rusos. Algo que posteriormente se reveló como falso, pero que tenía la intención de que el organismo adscrito al Tesoro estadounidense difundiese ese notice dando la voz de alarma para la intervención de la BPA. De hecho, tal y como se hacía eco este medio, hace meses un guardia civil se ha atribuido la intervención del FinCEN contra la entidad bancaria andorrana.

«Después, el FinCEN retiró su notificación y los tribunales españoles exoneraron BPA de todo delito. Muchas informaciones han afirmado que la intervención del banco fue el resultado de un conflicto político entre España y Cataluña«, prosigue. No se equivoca el think tank francés. Se trataba de una operación de desprestigio hacia la entidad que no se correspondía con la realidad y que le trajo innumerables perjuicios económicos que le han conducido a la quiebra. De hecho, arrastra más de 500 millones en pérdidas y solo en lo que respecta a la propia BPA. El Banco de Madrid, su filial, también resultó perjudicado; pero esta vez por la intervención del Gobierno español, lo que tuvo aparejado otro montante millonario de pérdidas.

Hace unos meses, gracias a los audios y las publicaciones de FUENTES INFORMADAS que sugerían la implicación de Rajoy y Fernández Díaz, la jueza de Andorra Stéphanie Garcia reactivó una querella de accionistas de la BPA por seis delitos y decidió imputarles. Aparte de ellos, figuran como investigados Francisco Martínez, ex secretario de Estado de Seguridad, e Ignacio Cosidó, el antiguo director general de la Policía. Este último prohibió en 2014 al comisario José Manuel Villarejo investigar las cuentas que varios miles de personas, entre ellos, unos 3.000 catalanes, tenían en el AndBank de Andorra, la entidad rival de la BPA. El motivo: había sospechas de que entre ellas figuraba una «del emérito» (don Juan Carlos I), conforme explica Villarejo a la secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, en otro audio divulgado en exclusiva por FUENTES INFORMADAS.

El papel de don Juan Carlos en la rama andorrana de la ‘Operación Cataluña’ destinada a frenar el independentismo sino que el comisario Villarejo, no imputado en la causa abierta en Andorra pero conocedor de la situación por su paso por los servicios de Inteligencia policiales, sugiere en una conversación con la presentadora Ana Rosa Quintana -divulgada hace unos meses por este periódico- que el emérito «pagó de su bolsillo» parte de la información antisecesionista en el principado. Y que todo se debía a un motivo lucrativo.

Casi 1.000 millones de euros les ha costado a los andorranos
Pero el caso particular del desfalco que ha hecho saltar por los aires a la BPA, según el citado informe, «ilustra cómo el no respeto al Estado de derecho y la carencia de un procedimiento regular en la reglamentación bancaria pueden poner en peligro emprendidas privadas y particulares». Asimismo, da cuenta igualmente de «la capacidad de los Estados Unidos para intervenir en el sistema bancario europeo antes de toda implicación de una institución europea».

Le Monde Décrypté también apunta que «la incapacidad de Andorra de hacer respetar el Estado de Derecho ha permitido» que estas maniobras se produzcan, máxime cuando a la postre han lastrado a uno de los bancos más solventes de Europa en términos económicos antes de la intervención del Gobierno andorrano.

Y es que el Gobierno de Andorra también aprovechó la situación cuando intervino la BPA. A su vez, el Gobierno de Rajoy intervino el Banco de Madrid, filial de la BPA, cumpliendo así la amenaza (escuchar los audios publicados en exclusiva por FUENTES INFORMADAS) de la brigada patriótica de que la BPA y el Banco de Madrid tendrían serios problemas si no les daban las cuentas de los independentistas catalanes, que en realidad no estaban en esta entidad sino en la rival, Andbank. Pero esta última entidad, sin embargo, evitó la intervención gracias a las conexiones de algunos directivos con el Gobierno del Principado.

El estudio zanja que «teniendo en cuenta las pérdidas sufridas por el Estado y las denuncias puestas contra el Gobierno, el affaire tendría que costar más de 996,4 millones a Andorra, es decir, 12.500 euros por habitante«.

Fuente: https://fuentesinformadas.com/

Anula su resolución anterior, que le daba la razón, pero rechazaba su recurso al entender ya devuelta la comisión rogatoria
El tribunal sostiene ahora que ignora el estado de la petición de ayuda internacional y que, por tanto, puede impugnarse

La Audiencia Provincial de Madrid ha anulado la resolución que dictó hace unas semanas en la que rechazaba el recurso del expresidente de Gobierno Mariano Rajoy, pero a la vez le daba la razón, en el contencioso que ha iniciado para oponerse a la comisión rogatoria cursada por Andorra para comunicarle su imputación por supuestas presiones a la Banca Privada d’Andorra (BPA) para obtener información de políticos catalanes, como los Pujol, el expresidente de la Generlitat Artur Mas y el exvicepresidente y líder de ERC, Oriol Junqueras, en lo que parece formar parte de la «Operación Cataluña».

En sendas resoluciones, una por Rajoy y otra para su ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, también imputado en el mismo procedimiento en el principado, la Audiencia explica que cometió un error al dar por hecho que ya había sido devuelta a Andorra la comisión rogatoria que había enviado a España para comunicar a ambos y a su compañero del Consejo de Ministros Jorge Fernández Díaz la querella presentada en su contra.

Como ignora el estado en que se encuentra la solicitud de ayuda internacional, es decir, si sigue todavía en los ministerios que participan en su tramitación, los de Justicia y Asuntos Exteriores, o ya se ha devuelto a Andorra y no puede ser paralizada, procede a corregirse para permitir a ambos personarse en el Juzgado de Instrucción número 32 de Madrid, al que correspondió la tramitación e impugnarla, para oponerse así a su imputación por los delitos de los de coacciones, amenazas de un mal constitutivo de delito, chantaje, extorsión coacciones a órganos constitucionales y documento falso.

Querella política
De esta forma, que si efectivamente aún no se ha devuelto a Andorra, los dos podrán oponerse a la tramitación de la comisión rogatoria con los argumentos que esgrimen, entre los que figuran la falta de jurisdicción de los tribunales andorranos para perseguirles, el interés político de la querella interpuesta y el grave daño a su imagen que supone dar simplemente curso a la reclamación.

Los tres miembros del último Ejecutivo del PP también solicitaron, finalmente sin éxito, la paralización de la comisión rogatoria a través del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con la intención de frenar la devolución a Andorra de la documentación presentada.

La justicia andorrana admitió a trámite en 2019 una querella contra el expresidente y los dos exministros en la causa en la que investiga a varios policías por supuestas presiones al BPA.

Fuente: www.elperiodico.com

ortazo de la justicia al expresidente del PP Mariano Rajoy. La sección sexta de la sala del contencioso-administrativo del TSJ de Madrid ha acordado levantar la medida cautelarísima, y, por lo tanto, deniega la medida cautelar de suspensión de la ejecución para dar curso a la comisión rogatoria internacional, solicitada por la Batllia de Andorra, en la derivada de la Operación Catalunya en Andorra, según ha informado el tribunal este miércoles. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid había parado de forma cautelar que un juzgado de Madrid informara a Rajoy y al exministro Jorge Fernández Díaz, que eran investigados en Andorra y que se personen con abogado, porque alegaron vulneración de derechos fundamentales, pero ahora el tribunal lo ha desestimado. En la resolución, el tribunal afirma que las argumentaciones hechas por Rajoy son “invocaciones genéricas e inconsistentes” y por eso le deniega frenar de forma cautelar la comisión rogatoria, a pesar de que avanza que el fondo del recurso lo desarrollará en la sentencia, que tiene que dictar ahora.

La comisión rogatoria de Andorra
El junio pasado, la batlle de la sección especializada 2 de Andorra, Stephanie García, citó a declarar como querellados el expresidente del gobierno español del PP Mariano Rajoy, los ministros Cristóbal Montoro y Jorge Fernández Díaz, además de miembros de la antigua cúpula de Interior por la Operación Cataluña, tal como le había solicitado el noviembre de 2021 el Instituto de Derechos Humanos de Andorra (IDHA) y Drets, que ejercen la acusación popular, en este procedimiento iniciado por los exdirectivos de la Banca Privada de Andorra (BPA). Se acusa a Rajoy y los ministros de presionar el gobierno andorrano para favorecer la caída de la BPA, mientras policías españoles pedían a directivos de la BPA información de la familia Pujol, de Artur Mas y de Oriol Junqueras.

A través del convenio internacional de cooperación de 1959, el Ministerio de Justicia español recibió esta solicitud de cooperación andorrana para que se informara a Rajoy, los exministros y agentes de la policía que eran querellados en Andorra, y que designaran abogado en este país vecino. Nada más por ahora. Rajoy y Fernández Díaz lo han querido bloquear por miedo que el próximo paso sea la petición de extradición si no quieren ir voluntariamente a Andorra. Las declaraciones del comisario jubilado Manuel Villarejo permitieron reactivar la investigación contra el gobierno del PP.

Los argumentos de la Abogacía del Estado y la Fiscalía
En la resolución, el TSJ de Madrid expone que la Abogacía del Estado era contraria a la petición de Rajoy al asegurar que su recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la Dirección General de Cooperación del Ministerio de Justicia del 15 de junio pasado, “no es recurrible porque no es un acto administrativo”, como ya le comunicó, además de ser “un acto de trámite”. La Fiscalía también se mostró contraria a parar la colaboración con Andorra, asegurando que Rajoy y Fernández Díaz alegaron la vulneración de derechos fundamentales, pero que en realidad lo que quería es ir contra la resolución del juzgado de instrucción 32 de Madrid y de la Audiencia de Madrid que le denegaban parar la comisión rogatoria, al sostener que era un acto de trámite.

Ahora, el tribunal de Madrid considera que Rajoy no ha desarrollado bastante la vulneración del derecho a tutela judicial efectiva y de igualdad de derechos, que ha alegado para frenar la investigación andorrana. También precisa que denegar la comisión rogatoria en Andorra puede ser “perturbador” dadas las consecuencias de reciprocidad entre Estados que se deriva del convenio del Consejo de Europa de Asistencia Judicial Penal de 1959.

Los dos policías con protección diplomática
En sus argumentos, Rajoy había expuesto que el gobierno español había denegado que dos agentes de la policía española declararan en el procedimiento de Andorra porque tienen “protección diplomática”. El tribunal informa, pero, que en el expediente “no hay actuación diferenciada respecto a estos policías” y por hechos iguales o similares. Es decir, Rajoy “no ha aportado pruebas ni indicios” y por ahora el TSJC de Madrid le deniega frenar el envío de la respuesta a Andorra, a pesar de que hay pendiente la sentencia sobre su posicionamiento de fondo.

El público puede percibirla como una indicación de la procedencia de los productos y los servicios en cuestión, creando confusión

El Tribunal General de la Unión Europea, en una reciente sentencia, ha confirmado que el signo figurativo ANDORRA no puede ser objeto de registro como marca de la Unión de varios productos y servicios, una pretensión instada por el gobierno andorrano. Dicho signo, remarcan sus magistrados, puede ser percibido por el público como una indicación de la procedencia geográfica de los productos y servicios en cuestión, y no del origen comercial particular de estos.

Como recogen los hechos del caso, en junio de 2017 el Govern d’Andorra (Gobierno del Principado de Andorra) presentó una solicitud de registro de marca de la Unión en la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), con arreglo al Reglamento sobre la marca de la Unión Europea, para el signo figurativo «ANDORRA». Bajo esta marca buscaba abarcar un amplio abanico de productos y servicios.

La solicitud de registro fue denegada por la EUIPO en febrero de 2018. Dicha denegación fue confirmada mediante resolución de 26 de agosto de 2019. La EUIPO consideró, por un lado, que el signo sería percibido como designación del origen geográfico de los productos y servicios de que se trata.

Por otro lado, el signo ANDORRA carecía, a su juicio, de carácter distintivo, puesto que informaba simplemente de ese origen geográfico, y no del origen comercial particular de los productos y servicios designados.

Recurso

El Govern d’Andorra interpuso ante el Tribunal General un recurso contra la resolución de la EUIPO. Mediante su sentencia de hoy, el Tribunal General desestima el recurso en su totalidad. El Govern d’Andorra alega en particular que Andorra no es un país conocido por la fabricación de los productos y la prestación de los servicios en cuestión, de modo que para el consumidor no hay ninguna relación actual o potencial entre los productos y servicios en cuestión y la marca solicitada que permita considerar que el término «Andorra» indica una procedencia geográfica en el sentido del Reglamento.

El Tribunal General procede seguidamente a examinar el carácter descriptivo de la marca solicitada en relación con los productos y servicios en cuestión. Para ello debe determinar, por un lado, si el término geográfico que constituye la marca solicitada es percibido como tal y conocido por el público pertinente y, por otro lado, si ese término geográfico presenta o podría presentar en el futuro un vínculo con los productos y servicios reivindicados.

Tras un examen detallado, el Tribunal General concluye que el Govern d’Andorra no ha logrado desvirtuar las apreciaciones de la EUIPO sobre el carácter descriptivo de la marca 1 Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca de la Unión Europea, en su versión modificada y sustituido a su vez por el Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2017, sobre la marca de la Unión Europea

Se trata efectivamente de un motivo de denegación absoluto que justifica por sí solo que el signo no pueda registrarse como marca de la Unión.

El Tribunal General considera, por otra parte que, en su resolución, la EUIPO no incumplió su obligación de motivación ni vulneró el derecho de defensa ni violó los principios de seguridad jurídica, igualdad de trato y buena administración.

Fuente: https://noticias.juridicas.com