Un dels últims textos aprovats pel Consell General aquesta legislatura va ser el projecte de llei d’economia digital. Un text que ha de servir per posar en marxa –com ja va fer l’executiu fa unes quantes setmanes– els permisos de residència dels denominats nòmades digitals. Una figura de treballadors que han de ser la cara visible de l’aposta per la digitalització del país. En concret, el mateix redactat de la llei detalla que són nòmades digitals “aquelles persones que per dur a terme el seu treball no requereixen disposar d’una ubicació geogràfica concreta i utilitzen les telecomunicacions i la tecnologia”.

Tanmateix, part dels elements per acabar de concretar qui pot optar a la quota de nòmada digital –la qual no requereix el dipòsit, que va passar de 15.000 a 50.000 euros– depèn del desplegament reglamentari a realitzar per part de l’executiu. Així, el soci director d’Emindset Law Oriol Giró explica que s’estan mantenint converses amb l’executiu, justament per aclarir quina és la documentació que hauran de presentar els aspirants a obtenir un d’aquests permisos. Ara per ara, Giró apunta que bona part dels interessats són de nacionalitat espanyola, i va remarcar que “creiem que a molt curt termini es resoldran aquests dubtes i es podran donar les primeres residències per a nòmades digitals”. A més, el soci director també va reclamar més flexibilització pel que fa a les excepcions per esquivar el dipòsit obligatori. “Pot suposar un fre a l’emprenedoria que en un país com Andorra no té sentit; cal atreure talent i no pots frenar aquesta arribada de persones que aporten un valor afegit al país.” “Perquè Andorra pugui fer una aposta per l’entorn digital no cal esperar a l’acord d’associació amb la UE, cal anar sumant petits factors, com ara facilitar l’operativa bancària, poder comprar per Amazon i que t’arribin les coses a casa o potenciar la digitalització de l’administració per realment ser un pol d’atracció”.

Un altre dels elements que regulava la llei d’economia digital és la creació d’espais coliving. Sobre aquesta qüestió, Giró explica que ja han rebut demandes d’empreses interessades a poder iniciar els tràmits per reconvertir espais que fins ara es feien servir per a altres activitats, així com opcions de construir un nou bloc, i que puguin ser reconvertits en espais de coliving. En aquest cas, però, Giró va reclama que el desplegament reglamentari no suposi “una pèrdua de la qualitat de vida” per a les persones que hi resideixin, ja que és un dels valors del país.

Font: www.diariandorra.ad

Le Monde Décrypte apunta a que el caso que ha perjudicado a la Banca Privada d’Andorra cuestiona «la independencia del poder judicial y la separación de poderes en Andorra»
Cada vez hay más evidencias de las maniobras que se cometieron con el hundimiento de la Banca Privada d’Andorra (BPA): los tejemanejes que realizó la policía patriótica española revelados por los audios exclusivos de FUENTES INFORMADAS que han propiciado la imputación en Andorra del expresidente Mariano Rajoy o el exministro del Interior Jorge Fernández Díaz por dirigir la vía andorrana de la ‘Operación Cataluña’. Una trama maquiavélica contra ese banco desarrollada entre 2012 y 2016 -supuestamente financiada por Juan Carlos I, según se desprende de los audios del comisario José Manuel Villarejo- para hacer descarrilar al independentismo catalán. Y más hechos que faltan por desvelar, los cuales se irán alumbrando a lo largo de dicho procedimiento judicial.

Pero ahora es un prestigioso instituto de investigación francés, Le Monde Décrypté, un laboratorio de ideas, quien refrenda esas tesis. El ‘caso BPA’, según este instituto de investigación, «refleja la debilidad del Estado de derecho en Andorra y la vulnerabilidad de los inversores en el país que, con una baja fiscalidad, tienen pocos medios para protegerse de una injerencia política injusta».

Después de denunciar el encarcelamiento del antiguo CEO del banco, Joan Pau Miquel, que ha durado casi dos años, se focaliza en el anormal funcionamiento de la Justicia andorrana. Insiste en «la lentitud» de ese procedimiento judicial que pone en cuestión la independencia del poder judicial y la separación de poderes en Andorra, un elemento esencial para todo país dotado de un sólido Estado de derecho.

Le Monde Décrypté (El Mundo Desencriptado) es un importante grupo de pensamiento y de influencia francés que dirige el politólogo y experto en geopolítica Gérard Vespierre. Este think tank colabora habitualmente con las instituciones europeas y elabora informes sobre la actualidad política y económica de todo el mundo, en especial en cuanto a los sectores estratégicos (energía, finanzas, armamento o conflictos).

Vespierre es el fundador de la consultora Strategic Conseils, un profesional designado por el Consejo Económico y Social europeo y colaborador habitual de los diarios Le Monde y La Tribune. La última publicación de Le Monde Décrypté se titula ‘El Estado de Derecho en el coro de Europa: como Andorra, Mónaco y Liechtenstein han vulnerado los valores de la UE’, del que se ha hecho eco el diario andorrano La Valira.

El prestigio intelectual de Vespierre avala el estudio
El informe tiene relevancia porque no se trata de cualquier persona y además está respaldado por los hechos acreditados que se han ido conociendo. El prestigio del politólogo que encabeza el think tank avala que sus análisis sean valorados por las élites europeas. Por eso, las reflexiones que hace sobre Andorra y, en concreto, sobre el caso que afecta a la BPA son una llamada de atención muy seria por la gravedad que implica para las autoridades políticas y judiciales del principado.

En este documento, Vespierre comienza construyendo un marco general para luego avanzar hacia el relato de cómo se dinamitó la BPA: la creciente e irreversible pérdida de influencia de Europa en el actual y futuro contexto económico y geopolítico mundial. Sin embargo, pone de manifiesto su liderazgo democrático. «Uno de los terrenos en los cuales Europa continuará teniendo una influencia significativa es el de la primacía del derecho. Según el Consejo de Europa, el Estado de derecho es uno de los ‘principios que constituyen el cimiento de toda democracia verdadera’». Lo considera como «el cimiento de los derechos del hombre» ya que «garantiza la responsabilidad y la transparencia, el acceso a tribunales independientes e imparciales y la no discriminación ante la ley» de ninguna índole ni razón.

«Atendida la dimensión de sus sectores bancario y financiero, estas tres naciones tienen una influencia considerable sobre los mercados financieros europeos, aunque no sean miembros de la UE. El informe demuestra que estos micro-Estados [Andorra, Mónaco y Liechtenstein], con una baja fiscalidad y poco reglamentados, han servido de marco a numerosos escándalos bancarios y políticos«. Según expone el informe, estos affaires «han perturbado la estabilidad financiera de Europa» y han vulnerado gravemente la reputación de la UE, en cuanto que referente del Estado de derecho.

«El aviso del FinCEN fue desafortunado»
Pues bien, el instituto de investigación se ha pronunciado sobre la intervención y confiscación de la BPA. «En 2015, el Tesoro americano (FinCEN) publicó un aviso señalando a la BPA como una institución financiera extranjera que suscitaba una preocupación mayor en materia de blanqueo de dinero. Las autoridades andorranas reaccionaron cogiendo el control de los activos del banco, a pesar de la preocupación de los accionistas de la entidad, que consideraban que este aviso era desafortunado«, comienza señalando el informe.

Efectivamente, lo que desencadenó la reacción del FBI fue la campaña de bulos y mentiras que puso en marcha el Gobierno español para persuadir al Ejecutivo de Estados Unidos, por medio del FBI, de que en Andorra, en general, se lavaba dinero de ciudadanos venezolanos y rusos. Algo que posteriormente se reveló como falso, pero que tenía la intención de que el organismo adscrito al Tesoro estadounidense difundiese ese notice dando la voz de alarma para la intervención de la BPA. De hecho, tal y como se hacía eco este medio, hace meses un guardia civil se ha atribuido la intervención del FinCEN contra la entidad bancaria andorrana.

«Después, el FinCEN retiró su notificación y los tribunales españoles exoneraron BPA de todo delito. Muchas informaciones han afirmado que la intervención del banco fue el resultado de un conflicto político entre España y Cataluña«, prosigue. No se equivoca el think tank francés. Se trataba de una operación de desprestigio hacia la entidad que no se correspondía con la realidad y que le trajo innumerables perjuicios económicos que le han conducido a la quiebra. De hecho, arrastra más de 500 millones en pérdidas y solo en lo que respecta a la propia BPA. El Banco de Madrid, su filial, también resultó perjudicado; pero esta vez por la intervención del Gobierno español, lo que tuvo aparejado otro montante millonario de pérdidas.

Hace unos meses, gracias a los audios y las publicaciones de FUENTES INFORMADAS que sugerían la implicación de Rajoy y Fernández Díaz, la jueza de Andorra Stéphanie Garcia reactivó una querella de accionistas de la BPA por seis delitos y decidió imputarles. Aparte de ellos, figuran como investigados Francisco Martínez, ex secretario de Estado de Seguridad, e Ignacio Cosidó, el antiguo director general de la Policía. Este último prohibió en 2014 al comisario José Manuel Villarejo investigar las cuentas que varios miles de personas, entre ellos, unos 3.000 catalanes, tenían en el AndBank de Andorra, la entidad rival de la BPA. El motivo: había sospechas de que entre ellas figuraba una «del emérito» (don Juan Carlos I), conforme explica Villarejo a la secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, en otro audio divulgado en exclusiva por FUENTES INFORMADAS.

El papel de don Juan Carlos en la rama andorrana de la ‘Operación Cataluña’ destinada a frenar el independentismo sino que el comisario Villarejo, no imputado en la causa abierta en Andorra pero conocedor de la situación por su paso por los servicios de Inteligencia policiales, sugiere en una conversación con la presentadora Ana Rosa Quintana -divulgada hace unos meses por este periódico- que el emérito «pagó de su bolsillo» parte de la información antisecesionista en el principado. Y que todo se debía a un motivo lucrativo.

Casi 1.000 millones de euros les ha costado a los andorranos
Pero el caso particular del desfalco que ha hecho saltar por los aires a la BPA, según el citado informe, «ilustra cómo el no respeto al Estado de derecho y la carencia de un procedimiento regular en la reglamentación bancaria pueden poner en peligro emprendidas privadas y particulares». Asimismo, da cuenta igualmente de «la capacidad de los Estados Unidos para intervenir en el sistema bancario europeo antes de toda implicación de una institución europea».

Le Monde Décrypté también apunta que «la incapacidad de Andorra de hacer respetar el Estado de Derecho ha permitido» que estas maniobras se produzcan, máxime cuando a la postre han lastrado a uno de los bancos más solventes de Europa en términos económicos antes de la intervención del Gobierno andorrano.

Y es que el Gobierno de Andorra también aprovechó la situación cuando intervino la BPA. A su vez, el Gobierno de Rajoy intervino el Banco de Madrid, filial de la BPA, cumpliendo así la amenaza (escuchar los audios publicados en exclusiva por FUENTES INFORMADAS) de la brigada patriótica de que la BPA y el Banco de Madrid tendrían serios problemas si no les daban las cuentas de los independentistas catalanes, que en realidad no estaban en esta entidad sino en la rival, Andbank. Pero esta última entidad, sin embargo, evitó la intervención gracias a las conexiones de algunos directivos con el Gobierno del Principado.

El estudio zanja que «teniendo en cuenta las pérdidas sufridas por el Estado y las denuncias puestas contra el Gobierno, el affaire tendría que costar más de 996,4 millones a Andorra, es decir, 12.500 euros por habitante«.

Fuente: https://fuentesinformadas.com/

Anula su resolución anterior, que le daba la razón, pero rechazaba su recurso al entender ya devuelta la comisión rogatoria
El tribunal sostiene ahora que ignora el estado de la petición de ayuda internacional y que, por tanto, puede impugnarse

La Audiencia Provincial de Madrid ha anulado la resolución que dictó hace unas semanas en la que rechazaba el recurso del expresidente de Gobierno Mariano Rajoy, pero a la vez le daba la razón, en el contencioso que ha iniciado para oponerse a la comisión rogatoria cursada por Andorra para comunicarle su imputación por supuestas presiones a la Banca Privada d’Andorra (BPA) para obtener información de políticos catalanes, como los Pujol, el expresidente de la Generlitat Artur Mas y el exvicepresidente y líder de ERC, Oriol Junqueras, en lo que parece formar parte de la «Operación Cataluña».

En sendas resoluciones, una por Rajoy y otra para su ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, también imputado en el mismo procedimiento en el principado, la Audiencia explica que cometió un error al dar por hecho que ya había sido devuelta a Andorra la comisión rogatoria que había enviado a España para comunicar a ambos y a su compañero del Consejo de Ministros Jorge Fernández Díaz la querella presentada en su contra.

Como ignora el estado en que se encuentra la solicitud de ayuda internacional, es decir, si sigue todavía en los ministerios que participan en su tramitación, los de Justicia y Asuntos Exteriores, o ya se ha devuelto a Andorra y no puede ser paralizada, procede a corregirse para permitir a ambos personarse en el Juzgado de Instrucción número 32 de Madrid, al que correspondió la tramitación e impugnarla, para oponerse así a su imputación por los delitos de los de coacciones, amenazas de un mal constitutivo de delito, chantaje, extorsión coacciones a órganos constitucionales y documento falso.

Querella política
De esta forma, que si efectivamente aún no se ha devuelto a Andorra, los dos podrán oponerse a la tramitación de la comisión rogatoria con los argumentos que esgrimen, entre los que figuran la falta de jurisdicción de los tribunales andorranos para perseguirles, el interés político de la querella interpuesta y el grave daño a su imagen que supone dar simplemente curso a la reclamación.

Los tres miembros del último Ejecutivo del PP también solicitaron, finalmente sin éxito, la paralización de la comisión rogatoria a través del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con la intención de frenar la devolución a Andorra de la documentación presentada.

La justicia andorrana admitió a trámite en 2019 una querella contra el expresidente y los dos exministros en la causa en la que investiga a varios policías por supuestas presiones al BPA.

Fuente: www.elperiodico.com

ortazo de la justicia al expresidente del PP Mariano Rajoy. La sección sexta de la sala del contencioso-administrativo del TSJ de Madrid ha acordado levantar la medida cautelarísima, y, por lo tanto, deniega la medida cautelar de suspensión de la ejecución para dar curso a la comisión rogatoria internacional, solicitada por la Batllia de Andorra, en la derivada de la Operación Catalunya en Andorra, según ha informado el tribunal este miércoles. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid había parado de forma cautelar que un juzgado de Madrid informara a Rajoy y al exministro Jorge Fernández Díaz, que eran investigados en Andorra y que se personen con abogado, porque alegaron vulneración de derechos fundamentales, pero ahora el tribunal lo ha desestimado. En la resolución, el tribunal afirma que las argumentaciones hechas por Rajoy son “invocaciones genéricas e inconsistentes” y por eso le deniega frenar de forma cautelar la comisión rogatoria, a pesar de que avanza que el fondo del recurso lo desarrollará en la sentencia, que tiene que dictar ahora.

La comisión rogatoria de Andorra
El junio pasado, la batlle de la sección especializada 2 de Andorra, Stephanie García, citó a declarar como querellados el expresidente del gobierno español del PP Mariano Rajoy, los ministros Cristóbal Montoro y Jorge Fernández Díaz, además de miembros de la antigua cúpula de Interior por la Operación Cataluña, tal como le había solicitado el noviembre de 2021 el Instituto de Derechos Humanos de Andorra (IDHA) y Drets, que ejercen la acusación popular, en este procedimiento iniciado por los exdirectivos de la Banca Privada de Andorra (BPA). Se acusa a Rajoy y los ministros de presionar el gobierno andorrano para favorecer la caída de la BPA, mientras policías españoles pedían a directivos de la BPA información de la familia Pujol, de Artur Mas y de Oriol Junqueras.

A través del convenio internacional de cooperación de 1959, el Ministerio de Justicia español recibió esta solicitud de cooperación andorrana para que se informara a Rajoy, los exministros y agentes de la policía que eran querellados en Andorra, y que designaran abogado en este país vecino. Nada más por ahora. Rajoy y Fernández Díaz lo han querido bloquear por miedo que el próximo paso sea la petición de extradición si no quieren ir voluntariamente a Andorra. Las declaraciones del comisario jubilado Manuel Villarejo permitieron reactivar la investigación contra el gobierno del PP.

Los argumentos de la Abogacía del Estado y la Fiscalía
En la resolución, el TSJ de Madrid expone que la Abogacía del Estado era contraria a la petición de Rajoy al asegurar que su recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la Dirección General de Cooperación del Ministerio de Justicia del 15 de junio pasado, “no es recurrible porque no es un acto administrativo”, como ya le comunicó, además de ser “un acto de trámite”. La Fiscalía también se mostró contraria a parar la colaboración con Andorra, asegurando que Rajoy y Fernández Díaz alegaron la vulneración de derechos fundamentales, pero que en realidad lo que quería es ir contra la resolución del juzgado de instrucción 32 de Madrid y de la Audiencia de Madrid que le denegaban parar la comisión rogatoria, al sostener que era un acto de trámite.

Ahora, el tribunal de Madrid considera que Rajoy no ha desarrollado bastante la vulneración del derecho a tutela judicial efectiva y de igualdad de derechos, que ha alegado para frenar la investigación andorrana. También precisa que denegar la comisión rogatoria en Andorra puede ser “perturbador” dadas las consecuencias de reciprocidad entre Estados que se deriva del convenio del Consejo de Europa de Asistencia Judicial Penal de 1959.

Los dos policías con protección diplomática
En sus argumentos, Rajoy había expuesto que el gobierno español había denegado que dos agentes de la policía española declararan en el procedimiento de Andorra porque tienen “protección diplomática”. El tribunal informa, pero, que en el expediente “no hay actuación diferenciada respecto a estos policías” y por hechos iguales o similares. Es decir, Rajoy “no ha aportado pruebas ni indicios” y por ahora el TSJC de Madrid le deniega frenar el envío de la respuesta a Andorra, a pesar de que hay pendiente la sentencia sobre su posicionamiento de fondo.

El público puede percibirla como una indicación de la procedencia de los productos y los servicios en cuestión, creando confusión

El Tribunal General de la Unión Europea, en una reciente sentencia, ha confirmado que el signo figurativo ANDORRA no puede ser objeto de registro como marca de la Unión de varios productos y servicios, una pretensión instada por el gobierno andorrano. Dicho signo, remarcan sus magistrados, puede ser percibido por el público como una indicación de la procedencia geográfica de los productos y servicios en cuestión, y no del origen comercial particular de estos.

Como recogen los hechos del caso, en junio de 2017 el Govern d’Andorra (Gobierno del Principado de Andorra) presentó una solicitud de registro de marca de la Unión en la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), con arreglo al Reglamento sobre la marca de la Unión Europea, para el signo figurativo «ANDORRA». Bajo esta marca buscaba abarcar un amplio abanico de productos y servicios.

La solicitud de registro fue denegada por la EUIPO en febrero de 2018. Dicha denegación fue confirmada mediante resolución de 26 de agosto de 2019. La EUIPO consideró, por un lado, que el signo sería percibido como designación del origen geográfico de los productos y servicios de que se trata.

Por otro lado, el signo ANDORRA carecía, a su juicio, de carácter distintivo, puesto que informaba simplemente de ese origen geográfico, y no del origen comercial particular de los productos y servicios designados.

Recurso

El Govern d’Andorra interpuso ante el Tribunal General un recurso contra la resolución de la EUIPO. Mediante su sentencia de hoy, el Tribunal General desestima el recurso en su totalidad. El Govern d’Andorra alega en particular que Andorra no es un país conocido por la fabricación de los productos y la prestación de los servicios en cuestión, de modo que para el consumidor no hay ninguna relación actual o potencial entre los productos y servicios en cuestión y la marca solicitada que permita considerar que el término «Andorra» indica una procedencia geográfica en el sentido del Reglamento.

El Tribunal General procede seguidamente a examinar el carácter descriptivo de la marca solicitada en relación con los productos y servicios en cuestión. Para ello debe determinar, por un lado, si el término geográfico que constituye la marca solicitada es percibido como tal y conocido por el público pertinente y, por otro lado, si ese término geográfico presenta o podría presentar en el futuro un vínculo con los productos y servicios reivindicados.

Tras un examen detallado, el Tribunal General concluye que el Govern d’Andorra no ha logrado desvirtuar las apreciaciones de la EUIPO sobre el carácter descriptivo de la marca 1 Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca de la Unión Europea, en su versión modificada y sustituido a su vez por el Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2017, sobre la marca de la Unión Europea

Se trata efectivamente de un motivo de denegación absoluto que justifica por sí solo que el signo no pueda registrarse como marca de la Unión.

El Tribunal General considera, por otra parte que, en su resolución, la EUIPO no incumplió su obligación de motivación ni vulneró el derecho de defensa ni violó los principios de seguridad jurídica, igualdad de trato y buena administración.

Fuente: https://noticias.juridicas.com

Andorra se une al mundo blockchain con una nueva Ley de Activos Digitales; algunos analistas consideran esto como un gran avance y una “luz de progreso” para ese pequeño país de Europa. Aunque afirman que todavía el marco legal presenta algunas confusiones con respecto al uso de Bitcoin, la criptografía y el manejo de los propietarios de criptoempresas.

El gobierno del país, representado en el Consejo General de Andorra, aprobó la ley de Activos Digitales. Que viene a ser el marco legal y regulatorio para el uso y administración de monedas digitales. Así como también un parámetro normativo para el desarrollo de la tecnología blockchain.

La ley esta dividida en dos partes, la primera reglamenta la creación del dinero digital o de lo que han llamado “dinero soberano digital programable”; el cual puede intercambiarse en un “sistema cerrado”. Esto otorga la base legal para que el gobierno genere su propia criptomoneda.

En una segunda parte se trata todo sobre los activos digitales. Estos son considerados por el texto legal como “instrumentos financieros”; además, en este apartado se priorizan las nuevas normas para todo el mundo blockchain. Algo que muchos empresarios criptos consideran favorable y que permite la llegada de nuevos inversionistas.

Esta noticia ha sido reseñada en el Diari d’Andorra, el periódico nacional, como un paso hacia adelante para “hacer de las criptomonedas una realidad cotidiana”. Los empresarios de la criptografía europea ven esto como una manera de ofrecer alguna aclaración legal. Esperan que haga más fácil la atracción de nuevos talentos a la economía digital.
Andorra considera importante la inversión blockchain

El ministro de Economía y Empresa de Andorra, Jordi Gallardo, expresó durante una entrevista que el gobierno considera a la tecnología blockchain como un área de inversión muy importante. Pero no aclaró si esto tiene que ver con Bitcoin y las criptomonedas, o solo con la investigación de nuevas tecnologías.

Para expertos como la cofundadora de StackinSat, Josselin Tonnellier, el nuevo texto legal de Andorra es confuso cuando habla sobre criptomonedas, cadenas de bloques, NFTs y Bitcoin. La nueva regulación “no diferencia entre otras cripto y Bitcoin”, afirma Tonnellier.

Este minúsculo país europeo ubicado entre Francia y España, se ha visto influenciado por los inversores cripto franceses y por los emprendedores españoles. Tonnellier dice que según “un informe reciente de KPMG, hay más franceses expuestos a las criptos que al mercado de valores”. Esto podría estar influyendo en las decisiones del gobierno de Andorra.

Fuente: www.mundocriptomonedas.ne

El passat 20 de juliol, es va publicar al BOPA la Llei 24/2022, del 30 de juny, de la representació digital d’actius mitjançant l’ús de la criptografia i de la tecnologia de llibre registre distribuït i blockchain. La llei, actualment en vacatio legis, entra en vigor el pròxim 20 d’octubre.

Aquest text legal és fruit de la voluntat del Principat d’Andorra de posicionar-se com a emplaçament idoni per a projectes vinculats amb la tecnologia blockchain i l’anomenada tecnologia de llibre registre distribuït (LRD). A través de 13 capítols i 34 articles, la llei facilita les condicions de seguretat jurídica necessària als diferents actors que participen en la tecnologia blockchain i LRD.

Sense entrar en un anàlisi complet del text legal, per excedir de l’objectiu d’aquesta nota, destaquem la nomenclatura precisa i bàsica que introdueix la llei i que permet millorar la comprensió d’aquesta tecnologia, i així poder-la implementar amb èxit al mercat digital andorrà. La llei també classifica i nomena els diversos participants en el mercat de representació digital d’actius (emissors, plataformes d’intercanvi, usuaris, nodes…) i n’estableix el règim jurídic de la seva operativa, des de la seva autorització i requisits per exercir l’activitat, fins a la seva supervisió o control.

L’activitat econòmica de participació en la representació digital d’actius subjecta a la llei, queda definida a l’article 3, que indica de forma expressa que ha de ser realitzada per una societat registrada al Registre de Societats del Govern d’Andorra i requereix l’obtenció prèvia de la corresponent llicència d’activitat en els termes que estableix la mateixa llei i que hi dedica tot un capítol.

La configuració del règim jurídic de l’emissió de representacions digitals d’actius, com és l’obligació de publicar i registrar la informació bàsica i addicional per a l’emissió, així com el règim jurídic dels partícips en la representació digital d’actius, permeten garantir el compliment dels pilars bàsics que ja han estat establerts per al mercat de capitals respecte la protecció de l’inversor, abús de mercat o protecció de dades de caràcter personal, entre altres.
Destaquem el reconeixement de la validesa jurídica que la llei atorga als contractes legals intel·ligents, així com la potestat que s’adjudica al Ministeri de Finances de crear una plataforma de negociació d’actius digitals basats en la tecnologia blockchain i LRD. De ben segur aquesta llei permetrà implantar la llavor del que més endavant es convertirà en la regulació de la cada vegada més evident realitat virtual.

Nuria Torra Barbero
Asvocada SM Advocats

Una nova llei preveu que Andorra pugui crear una moneda virtual pròpia, però la proposta encara haurà de recórrer un llarg camí

La moneda virtual andorrana comença a agafar forma, després de gairebé un any i mig de compàs d’espera parlamentari. Divendres s’acaba el període d’esmenes de la proposició de llei de regulació dels actius digitals, que podria convertir Andorra en el primer territori del país a disposar d’una divisa digital de denominació pròpia.

Una proposta amb moltes cares

Tal com es preveu a la proposició de llei, aquest “diner sobirà digital programable” –el terme legal que rep la moneda virtual andorrana– exercirà una doble funció. Per una banda, servirà, com qualsevol moneda tradicional, “de mitjà de pagament i compensació com a diner digital emès pel banc central […] i destinat al públic en general”, segons el text de la llei. Per una altra, “es podrà oferir a qualsevol persona i corporació en la forma de dipòsit al banc central en forma digital”. Això permetrà als ciutadans i empreses d’obrir dipòsits bancaris directament al màxim organisme monetari del Principat, l’Autoritat Financera Andorrana (AFA).

Es tracta, de fet, d’una proposta que han posat sobre la taula algunes de les principals economies del planeta, com ara la Xina o bé la zona euro, i que faria d’Andorra un país capdavanter en aquest àmbit. Entre més avantatges, serviria per a abaratir els costs de transacció associats a les targetes de crèdit o bé millorar la confidencialitat de les transaccions: la legislació vigent permet als bancs de compartir certes dades financeres dels usuaris amb la finalitat d’extreure’n un rèdit comercial, però en el cas del sector públic aquest incentiu en principi desapareixeria.

A banda aquestes dues funcions, la moneda virtual andorrana tindrà un tercer ús, com a nou canal d’emissió de bons de l’estat, tal com explica a VilaWeb David Montané, conseller general de Demòcrates per Andorra i un dels impulsors de la proposta de llei. La llei, diu, preveu la creació d’un mercat de valors digitals, l’AndorraDex, en què s’emetrien aquests bons virtuals. Montané diu que l’operació seria semblant a les accions al mercat borsari que tots coneixem, però amb la particularitat que, gràcies a l’ús de la tecnologia blockchain, els costs de sortida a l’AndorraDex són molt inferiors als costs tradicionals d’emissió de bons de l’estat.

La llei d’actius digitals, tanmateix, no solament obre la porta a la creació d’una moneda digital única sota control de l’estat andorrà, sinó que també fa possible que les empreses privades puguin crear els seus tokens, amb l’AFA com a organisme encarregat de concedir llicències d’emissió. “Això permetria als ciutadans de bescanviar els seus diners per tokens a Grandvalira, per exemple, i fer-los servir per a pagar a tots els establiments de l’estació.” Montané afegeix que la iniciativa podria potenciar la fidelització dels clients: “Perquè ens entenguem, no podries fer servir el token de Grandvalira per a pagar a l’FNAC de Barcelona.” Encara no pot avançar quines entitats privades han manifestat la voluntat d’acollir-se a la proposta, però sí que diu que és una proposta molt avançada, sobretot per la comunitat ‘cripto’ andorrana, que té centenars de membres.

Qüestió de temps

La llei d’actius digitals fou proposada a final de gener del 2021, però no serà fins el 20 de maig d’enguany que s’acabarà el període d’esmenes. Un seguit d’entrebancs tècnics i el recel de l’oposició, sobretot del Partit Socialista, han fet que la proposta de llei acumuli tretze pròrrogues. El principal motiu de demora és que la legislació “ha madurat i ha anat evolucionant”, segons Montané. “Hem d’adaptar una sèrie de lleis que Andorra no té, com ara la llei del mercat de valors, i també cal transposar la legislació europea a l’andorrana”, explica.

Aquest encaix amb el dret europeu és particularment important, a parer seu. Reconeix que hi ha mancances jurídiques que s’hauran de resoldre abans la llei no entri en vigor. Montané no hi fa referència explícitament, però el mes de desembre el Consell d’Europa va denunciar mancances en la regulació andorrana de criptomònades. Per bé que la llei signifiqui una gran oportunitat per al Principat, també hi ha un aspecte de reputació que els fa ser prudents a l’hora de pensar en la manera de posar-la en circulació.

“La proposta de llei estableix les grans directrius d’aquest sector, però darrere hi ha tot un entramat de legislació subsidiària que s’haurà d’ajustar”, diu, perquè concordi amb l’Acord Monetari entre el Principat d’Andorra i la Unió Europea. Per això la llei encara trigarà entre dotze i divuit mesos a entrar en vigor. Aquest període servirà al govern per a desplegar tots els recursos tècnics, financers i jurídics necessaris per a aplicar la proposta de llei. Quan l’administració tingui aquestes garanties desplegarà el projecte plenament. Una vegada hagi passat aquest any i mig, segons les previsions amb què treballa l’executiu, entrarà en funcionament la moneda virtual andorrana, però el sistema de llicències per a tokens privats s’allargarà més enllà d’aquest període. La flamant nova llei d’actius digitals és més a prop que no pas ahir, certament, però encara trigarà a ser una realitat.

 

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Andorra, oficialmente Principado de Andorra, es un coprincipado parlamentario situado al suroeste de Europa. Tiene una superficie: 468 km2 y una población estimada a 2021 de 78.300 personas. La capital, Andorra la Vella, está situada en la vertiente sur de los Pirineos y formada por un conjunto de valles montañosos cuyos arroyos forman el río Valira. Limita con España y Francia. Gran parte de la población es española o andorrana. El idioma oficial es el catalán y la religión predominantemente es la católica. La moneda es el euro. id:82625
La independencia de Andorra se atribuye tradicionalmente a Carlomagno, que recuperó la región de manos de los musulmanes en el año 803. En 1278 quedó bajo la soberanía conjunta de los condes franceses de Foix y los obispos españoles de Urgel, y posteriormente fue gobernada conjuntamente por el obispo español de Urgel y el jefe de Estado francés. Este sistema de gobierno feudal, el último de Europa, se mantuvo hasta 1993, cuando se aprobó una constitución que transfería la mayoría de los poderes de los copríncipes al Consejo General de Andorra, elegido por sufragio universal.Andorra ha tenido durante mucho tiempo una fuerte afinidad con Cataluña, sus instituciones se basan en el derecho catalán, y forma parte de la diócesis de Urgel (España). La economía tradicional se basaba en la cría de ovejas, pero el turismo creció en importancia desde los años 50 y se convirtió en el centro de la economía andorrana a principios del siglo XXI.

La transformación digital también ha llegado a Andorra, continúa en la actualidad ya que nunca ha consistido únicamente en adoptar nuevas tecnologías. Se trata de aprovechar estas nuevas tecnologías para transformar los modelos de negocio, la experiencia del cliente, los procesos operativos, la cultura organizativa y la forma de dirigir los equipos. La transformación digital es mucho más que tecnología.

Por eso muchos españoles han valorado, y siguen haciéndolo, buscar alguna de las formas de residencia que ofrece el Principado de Andorra para, por ejemplo, gestionar mejor sus impuestos criptomonedas en Andorra, cumpliendo con todas las normas fiscales andorranas, españolas y europeas.

El Principado de Andorra no es un paraíso fiscal

La opción de crear una empresa en Andorra es algo verdaderamente atrayente para aquellas empresas o autónomos que quieran disfrutar de un país seguro, moderno, que dispone de una red de Internet con una cobertura casi perfecta y de la mejor gastronomía europea, que no todo debe ser dedicarse al trabajo.

Para un país pequeño como Andorra, la transformación digital conlleva tanto oportunidades como retos. Según un estudio sobre la madurez digital de las empresas andorranas, el 83% se encuentra en una fase básica de transformación digital y sus empleados tienen un largo camino por recorrer para mejorar sus competencias digitales.

Para potenciar las capacidades digitales de las empresas y organismos de la administración pública del país, el Gobierno de Andorra presentó en julio de 2021 un amplio proyecto de transformación digital que se extenderá hasta 2024. Como ejemplos de adaptaciones del marco normativo actual, cabe destacar la puesta en marcha de una ley de activos digitales, una ley que regula los deportes electrónicos y una nueva ley de economía digital que pretende fomentar la innovación y la diversificación de la economía del país para atraer talento e inversiones.

Como podemos leer en la web de residencia-andorra.com: “Desde el principio de la pandemia del Covid-19, son cada vez más las personas que se dedican al mining o compran y venden bitcoins y otras criptomonedas, a la espera de suculentos beneficios. El sector financiero, por su parte, permite que más brókers y mercados admitan tratar con estas divisas digitales, desplegándose nuevos campos de la economía gracias a las nuevas tecnologías”.

Fuente: https://www.economiadehoy.es/

La nueva legislación audiovisual impondrá fuertes sanciones a los ‘vloggers’ por publicidad engañosa o infracciones de la protección al menor o delitos de odio
Los influencers cada vez tienen mayor relevancia social y su repercusión no solo se mide en el número de visionados sino en las ventas millonarias de los productos que promocionan en sus vídeos a través de redes como Instagram, Facebook o YouTube. Sus contenidos van desde la moda a la tecnología, pasando por el deporte, la cocina o la vida saludable. Y, contrariamente a lo que les ocurre a las empresas audiovisuales tradicionales como las cadenas de televisión, gozan de total libertad para difundir cualquier mensaje, porque no están sometidos a ningún control específico por su actividad.

Pero esta situación está a punto de cambiar. La nueva ley Audiovisual, cuya aprobación parlamentaria está prevista para el primer semestre de este año, va a incluir por primera vez la actividad de estos “vloggers o nuevos agentes audiovisuales que utilizan y difunden sus contenidos a través de plataformas de intercambio de vídeos”, según la denominación oficial de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

En la nueva norma, los influencers que tengan una actividad profesional van a ser declarados “prestadores de servicio de comunicación audiovisual”, y, por tanto, tendrán que someterse al régimen de obligaciones y responsabilidades de los tradicionales agentes del medio como las cadenas de televisión. El incumplimiento de esas normas acarrea unas sanciones de hasta un millón de euros o la retirada de la licencia en el caso de las infracciones más graves, por lo que los videobloggers deberán revisar bien sus guiones y cuidar sus intervenciones si no quieren ver truncada su carrera profesional.

Se trata de un cambio normativo muy relevante porque los videos que difunden influencers como El Rubius, Dulceida, Ibai Llanos, Patry Jordán, Pelayo Díaz, Dalas Review, Patty Dragona, David Dobrik o Georgina Rodríguez tienen más impacto mediático y publicitario que la mayor parte de los programas que emiten las cadenas generalistas como Telecinco o Antena 3.

Pero no todos los usuarios que suban un vídeo a las redes sociales van a tener que someterse a esa regulación. De acuerdo a la propuesta de la CNMC, que está abierta a consulta pública y a la que ha tenido acceso EL PAÍS, para que un influencer pueda equipararse a un servicio de comunicación audiovisual deben cumplirse hasta siete requisitos: tratarse de un servicio económico; el prestador debe ostentar la responsabilidad editorial sobre los contenidos que ofrece; debe ser un servicio dirigido al público en general; la función de los contenidos tiene que ser principalmente informar, entretener o educar; su propósito principal será la provisión de programas, y esos programas deben ser audiovisuales y deben proveerse mediante redes de comunicaciones electrónicas.

La repercusión más inmediata de esta declaración como prestadores de comunicación audiovisual es que los influencers tendrán que afinar sus mensajes para no incurrir en importantes sanciones económicas. En particular, la emisión de contenidos que de forma manifiesta se consideren que fomenten el odio, el desprecio o la discriminación por motivos de nacimiento, raza, sexo, religión, nacionalidad, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social.

La ley hace también hincapié en la protección al menor, y en su nueva redacción incluirá limitaciones para los influencers en la temática y horarios para difundir ciertos contenidos dirigidos al público más joven, como la que ya restringe las emisiones de las teles.

Publicidad engañosa

No obstante, los influencers más célebres y con más ingresos no suelen meterse en terrenos pantanosos en materias ideológicas, debido a que su contenido aspira a llevar el mensaje al espectro sociológico más amplio posible, y suelen optar por videos de apariencia simpática y contenido más bien intrascendente. En el fondo, su objetivo en la mayor parte de los casos es hacer llegar el mensaje publicitario de una forma subliminal de los patrocinadores que les financian. Por eso, la inclusión de su actividad en la nueva ley Audiovisual va a suponer un duro golpe para la mayor parte de ellos, porque establece un corsé normativo y de control de la publicidad que transmiten en sus vídeos.

Cuando entre en vigor, los influencers podrán ser sancionados administrativamente por la emisión de comunicaciones comerciales encubiertas, que utilicen técnicas subliminales, o que fomenten comportamientos nocivos para la salud o la seguridad de las personas o para el medio ambiente, según ha podido conocer este diario. Es decir, se va a perseguir la publicidad engañosa, que ahora se abre terreno libre en mucho de los canales de estos influencers, y que ha tenido repercusiones públicas con casos sonados de promoción a la anorexia, la ludopatía o incluso la adicción a las drogas.

También en Andorra

Una de las principales novedades de la ley es que la supervisión a los influencers se producirá, aunque no estén domiciliados en España (Andorra, por ejemplo), siempre y cuando sus contenidos sean ofrecidos en España. “Podrán estar bajo la supervisión de la CNMC servicios de comunicación audiovisual ofrecidos por prestadores sujetos a la jurisdicción española, que pueden ser personas físicas o jurídicas no necesariamente domiciliadas en España”, señala el borrador. De esta forma, aunque los influencers hayan podido escapar del régimen tributario mudándose a países con fiscalidad más liviana, como el sonado caso de El Rubius cuando se mudó a Andorra, estarán sujetos al control de su publicidad y contenidos aunque residan en otro Estado.

No obstante, la ley subrayará que no todas aquellas entidades que emitan contenidos audiovisuales en las plataformas deberán ser consideradas prestadores audiovisuales per se. Así, por ejemplo, aquellos servicios en los que no concurran dichos criterios, “como los vídeos generados por los usuarios finales donde no prima un interés económico ni realmente tienen un impacto significativo en la audiencia” estarán excluidos de la aplicación de la ley. Es decir, la mayor parte de los millones de vídeos que suben los particulares a las redes sociales cada día para destacar algún capítulo de su vida cotidiana o empatizar con los amigos.

El cambio es sustancial porque hasta ahora la actividad de los influencers profesionales no está sometida a ninguna norma, más allá del Código Penal y del régimen fiscal a los todos los ciudadanos están sujetos. La única iniciativa hasta ahora para tratar de encauzar esta labor es un código de conducta para influencers no vinculante que se lanzó a finales de 2020. Se trata del Protocolo de fomento de la autorregulación en medios digitales, firmado por la Asociación Española de Anunciantes (AEA) y Autocontrol con el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y el Ministerio de Consumo. El objetivo del código era que los contenidos digitales o menciones realizadas por influencers que tengan naturaleza publicitaria sean identificables como tales para sus seguidores.

Entre otros, el código de conducta establece que en aquellos casos en los que la naturaleza publicitaria del contenido no sea clara y manifiesta, será necesario incluir una indicación al respecto que debe ser explícita, inmediata y adecuada al medio y mensaje sobre la naturaleza publicitaria de tales menciones o contenidos. También establece que las empresas adheridas informarán de la existencia del código a los influencers, así como y que deberán favorecer la adhesión de estos al mismo e incluir en sus contratos con ellos la necesidad del cumplimiento de las normas éticas contenidas en el código.

“No hay ninguna ley como tal que regule la actividad de los influencers, solo un código de conducta con una serie de reglas básicas para que los contenidos publicitarios se acomoden a los valores que quiere la marca sin sobrepasar ningún límite, y no hemos tenido nunca ningún problema”, señala Álvaro Sanz, responsable del departamento de Social Media de Neoattack, una agencia de marketing que a influencers en alguna de sus campañas.

Fuente: https://elpais.com/